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Embarazo y parto en los seguros de salud ¿Sabes cómo van?

Como ya os he contado en algunas ocasiones aunque yo soy muy fan de la sanidad pública tengo desde hace tantos años que ni lo recuerdo un seguro médico. Yo veo los seguros de salud como un complemento y hay cosas para las que los utilizo sin dudarlo, como para todo lo que tiene que ver con la ginecología. En este punto para mí es básico elegir el profesional que me va a atender: llamadme boba, pero cuando estás ahí, con ese camisón medio transparente, en una posición un poco humillante y hablando de cosas muy personales… pues me gusta tener confianza con el profesional que me atiende.

Cuando me quedé embarazada de mi hija mayor comencé simultaneando el embarazo por lo privado y la seguridad social pero fue una cuestión de empatía cero con el obstetra que me tocó la que hizo que al final sólo fuera con mi ginecóloga de siempre. Hoy os quiero hablar de seguros de salud pensando en el embarazo y en el parto, porque hay muchas dudas al respecto. ¡Vamos allá!

embarazo

¿Cuáles son las coberturas de un seguro de salud en relación al parto y al embarazo?

En general, tanto embarazo como parto suelen estar incluidos en los seguros médicos. Dentro de las coberturas suelen incluirse las pruebas rutinarias como los análisis de sangre, las pruebas específicas para el embarazo como el famoso test de Sullivan o prueba de la glucosa, las ecografías y las pruebas médicas adicionales que hicieran falta. Además, casi todos los seguros cubren la asistencia al parto y la hospitalización, tanto si es parto natural como cesárea.

Tenéis que saber que el coste de un parto natural y de un parto por cesárea no tiene nada que ver. Para que os hagáis a la idea un parto sin seguro médico en Estados Unidos puede costar 32.000 dólares si es parto natural y 51.000 si es una cesárea.

En España si tienes intención de dar a luz en la sanidad privada merece la pena sin duda contratar un seguro médico. Si no, siempre podemos ir a la sanidad pública que es magnífica ¡al menos aquí tenemos esta opción!.

¿Puedo contratar un seguro médico para el parto cuando quiera?

Puedes… pero tienes que contar con los periodos de carencia. La carencia es el plazo de tiempo, computado por meses transcurridos desde la fecha de alta de la póliza, durante el cual no son efectivas algunas de las coberturas incluidas en tu póliza. Estos periodos de carencia no son los mismos para todas las cosas: tú puedes contratar un seguro médico mañana y acudir al médico de cabecera a la semana siguiente si lo necesitas, pero probablemente tengas que esperar un poco para hacer uso de algunos de sus especialistas y servicios. Estos periodos de carencia tienen un sentido: tratan de evitar que la gente suscriba pólizas únicamente para afrontar una situación concreta y luego se den de baja apenas lo hayan solucionado.

Embarazo y parto en los seguros de salud ¿Sabes cómo van?

¿Cuáles son los periodos de carencia?

Por lo general el parto tiene un periodo de carencia que oscila entre los 8 y los 10 meses, lo que quiere decir que si dieras a luz antes de que se cumplieran no estaría incluido el coste del parto. Si estamos buscando contratar un seguro médico justo antes de quedarnos embarazadas deberíamos mirar esto muy bien. La cobertura incluye todo lo relacionado con el momento de dar a luz: desde el traslado en ambulancia si fuese necesario, la asistencia, anestesia y la hospitalización de madre y bebé tras el nacimiento. Mientras estemos ingresadas el bebé estará cubierto por nuestra póliza.

La preparación al parto suele tener el mismo periodo de carencia que lo anterior, unos 8 meses. El seguimiento del embarazo sólo tiene periodo de carencia en algunos seguros. Es bastante habitual que estén todas las pruebas incluidas y que sólo en cosas muy concretas como una amniocentesis precoz y cosas del estilo no pueda hacerse uso del seguro desde el inicio.

¿Y la carencia no se anula nunca?

No. Como cuentan en el blog de Rastreator hay varias situaciones en las que la compañía debe eliminarlas.

Por un lado, la Ley del Contrato del Seguro establece en su artículo 103 que  la compañía debe eliminarlas en los casos de “asistencia de situación urgente“. La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGDFP) define las asistencias de carácter urgente como “aquellas de carácter médico y sanitario (incluido el transporte) que de no prestarse de forma inminente podrían poner en peligro la vida del paciente, su integridad o que puedan producir un menoscabo permanente en su salud”. Además, hay aseguradoras que suelen anular las carencias cuando el parto es prematuro. Por otro lado, cuando una embarazada cambia su seguro de Salud de una compañía a otra, esta última suele eliminar el periodo de carencia de muchos servicios, eso sí, exceptuando el parto.

Como decía, esto es el marco en el que suelen desarrollarse los seguros de salud, pero cada uno de ellos tiene sus particularidades. Es importante cuando elegimos uno tener esto in mente, sobre todo si tenemos intenciones de quedarnos embarazadas en breve y para esto podemos utilizar herramientas como el comparador de seguros médicos de Rastreator.

¿Sabíais que en Rastreator podemos comparar más cosas además de seguros de automóvil? Podéis comparar seguros de viaje, de mascotas, de esquí entre otros … y por supuesto comparar seguros de salud tambiénPodéis usar su comparador para meter las diferentes variables que os interesan para contratar un seguro de salud y obtendréis un montón de datos: desde las coberturas dentro del mismo tipo de seguro hasta los precios. El resultado lo obtendréis siempre de menor a mayor precio sin ningún tipo de preferencia por una aseguradora u otra ¡Y todo esto gratis y de manera muy sencilla!

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Por Walewska

Madre de dos niñas. Gafapastas. Cuqui de barrio. Me gusta tomarme la vida con humor. Cuando tengo un rato libre me abro un blog. Escribí Relaxing Mum of café con leche. Me gusta andar descalza, creo que los postres sin chocolate no son postres y soy compulsiva en todo lo que hago.

14 respuestas a «Embarazo y parto en los seguros de salud ¿Sabes cómo van?»

Gracias por la información sobre el seguro y el parto de la mamá, no tenía ni idea y estoy buscando quedarme embarazada. Una preciosidad de blog, me encanta

Una pregunta, mi fpp es el 4 de noviembre y tengo muchas dudas acerca de si ir al público (en mi ciudad) o al privado (a una hora en coche de aquí pero donde me atiende el parto mi ginecóloga). Me estoy llevando el seguimiento del embarazo por el privado y SS. El tema es que no quiero renovar la póliza para el próximo año y he de avisar con 30 días de antelación (antes del 30 de noviembre),con lo cual en caso de dar a luz en el privado sería parir y solicitar la baja o no renovación para el próximo año, lo cual me parece un poco fuerte La compañía es Asisa. En estos casos, supongo que estoy en mi derecho de hacerlo pero ¿podría tener algún problema o inconveniente? Esta claro que seguramente no sería la única pero es que al dar a luz justo el mes que debo solicitar la baja es como más fuerte no? No he encontrado información al respecto. Gracias y enhorabuena por tu blog.

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